Bufete Oliver

TIPO DE AUTORIZACIÓN:

Se trata de una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a menores tutelados que alcancen la mayoría de edad sin haber obtenido autorización de residencia.

REQUISITOS NECESARIOS:

    • No ser ciudadano comunitario, ni familiar de ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza al que le sea de aplicación el régimen comunitario.
    • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
    • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen.
    • Haber sido tutelado por una entidad de protección de menores.
    • Haber participado adecuadamente en acciones formativas y actividades de la entidad.
    • Tener recomendación de la entidad de protección de menores para la concesión de la autorización de residencia.

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