Bufete Oliver

TIPO DE AUTORIZACIÓN:

Se trata de una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales que podrán obtener las mujeres víctimas de violencia de género que se encuentren en
España en situación irregular.

REQUISITOS NECESARIOS:

    • No ser ciudadana de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico
      Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen comunitario.
    • Carecer de antecedentes penales en España, o en los países anteriores de residencia por delitos tipificados en el ordenamiento español.
    • No figurar como rechazable en el Espacio territorial de países con los que España tenga firmado un Convenio en tal sentido.
    • Que la mujer extranjera en situación irregular haya denunciado ser víctima de violencia de género, pudiendo para ello aportar uno de estos documentos:
      • Una orden de protección, por la autoridad judicial competente en el marco del proceso penal
      • Un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género.
    • Sin perjuicio de lo señalado en el apartado 4) para la concesión de la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales se requerirá la sentencia condenatoria con la que concluya el procedimiento penal.

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