Bufete Oliver

TIPO DE AUTORIZACIÓN:

Se trata de una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada que solicita un empleador o empresario para la contratación de un trabajador en obras o servicios para el montaje de plantas industriales o eléctricas, construcción de infraestructuras, edificación de redes de suministro eléctrico, gas, ferrocarriles y telefónicos, instalaciones y mantenimientos de equipos productivos, así como su puesta en marcha y reparaciones.

REQUISITOS NECESARIOS:

    • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico
      Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen comunitario.
    • No encontrarse irregularmente en territorio español.
    • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
    • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los
      Estados miembros del Espacio Schengen.
    • Poseer la titulación, en su caso, debidamente homologada o que se acredite la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión.
    • La situación nacional de empleo deberá permitir la contratación. Lo permite si:
      • La oferta de empleo, tiene puestos vacantes después de haber sido puesta a disposición de los Servicios Público de Empleo Estatal y de las Comunidades Autónomas y publicadas durante quince días para que los trabajadores residentes en España puedan previamente concurrir a su cobertura.
      • El trabajador es necesario para el montaje por renovación de una instalación o equipos productivos.
    • Que se garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar
    • Que la empresa solicitante esté inscrita en el régimen del sistema de Seguridad Social y se encuentre al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    • Que las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se ajusten a las establecidas por la normativa vigente.
    • Disponer de alojamiento adecuado que reúna lasa condiciones previstas en la normativa en vigor y siempre que quede garantizada la dignidad e higiene adecuadas del alojamiento (esta obligación puede exceptuarse en virtud de las condiciones de la actividad laboral).
    • Organizar los viajes de llegada a España y de regreso al país de origen y asumir, como mínimo, el coste del primero de tales viajes y los gastos de traslado de ida y vuelta entre el puesto de entrada a España y el lugar del alojamiento, así como haber actuado diligentemente en orden a garantizar el regreso de los trabajadores a su país de origen en anteriores ocasiones.
    • Que el trabajador se comprometa a retornar al país de origen una vez concluida la relación laboral.

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