Bufete Oliver

Homicidio:

El homicidio es el acto en que se causa la muerte de otra persona. Consiste en atentar contra el bien jurídico de la vida de una persona física.
El homicidio tiene cinco clasificaciones generales atendiendo el elemento subjetivo del agente:

    • Homicidio doloso: cuando exista la intención positiva de inferir la muerte a la víctima. Es decir, que el sujeto activo tiene la capacidad de querer y entender las consecuencias de su conducta y producir el resultado de muerte.
    • Homicidio involuntario, también llamado homicidio culposo o negligente: cuando se conoce el posible resultado de muerte y sin embargo se cree poder evitarlo, pero falla y ésta se produce. También se presenta cuando definitivamente se ignora dicho resultado, pero de igual forma se mata. La punibilidad en este caso surge amparada por el deber que toda persona tiene de abstenerse de causar daño a otra, y las acciones carentes de intención y omisiones que conlleven a la muerte serán susceptibles de juzgarse conforme a las leyes penales.
    • Homicidio preterintencional: hace mención al desbordamiento de las intenciones del causante, en las que primitivamente se quiso dañar, pero que desafortunadamente resultó matándola. Por ejemplo, si se desea simplemente golpear a alguien para causarle unas magulladuras, y se termina matándolo. Se ha afirmado que el homicidio preterintencional es un punto medio entre el dolo y la culpa; dolo frente a la acción y culpa frente al resultado.
    • Homicidio simple: aquél que se comete a falta de las cuatro agravantes, que son premeditación, alevosía, ventaja y traición.

Suicidio:

Es el acto trágico de quitarse la vida uno mismo de forma voluntaria. 

    • Un suicidio colectivo ocurre cuando un grupo de individuos (que pueden o no conocerse entre sí) se suicidan en un mismo lugar por motivos comunes o no.
    • Se denomina suicidio cuántico a un experimento imaginario propuesto de manera independiente por Hans Moravec(1987) y Bruno Marchal (1988), y desarrollado por Max Tegmark en 1998.1Según la interpretación de Copenhague, con cada ejecución del experimento existe un 50 % de posibilidad de que el arma sea disparada y el hombre muera: finalmente el experimentador morirá. La teoría de los universos múltiples, por su parte, plantea que cada ejecución del experimento divide el universo en dos: uno en que el hombre vive y otro mundo en que muere. Después de muchas series de la prueba, habrá muchos universos. En todos ellos menos en uno el hombre dejará de existir, pero siempre habrá un universo donde siga existiendo. Desde el punto de vista del hombre, por mucho que apriete el gatillo del arma nunca se disparará, toda vez que su conciencia seguirá existiendo en muchos de los universos. Esto último es lo que se denomina inmortalidad cuántica.
    • El suicido forzado es un método de ejecución en donde a la víctima se le da a elegir entre cometer suicidio o enfrentarse a una alternativa peor, normalmente la ejecución pública o también puede ser la tortura previa, o la muerte o algún daño a familiares o amigos. También puede enfrentarse a la pérdida del honor, la posición o bienes materiales.

Aborto:

Su significado básico es la acción y efecto de abortar, es decir, el fracaso por interrupción o malogramiento de un proceso o actividad.

    • El aborto inducido o interrupción voluntaria del embarazo (IVE) consiste en provocar la interrupción prematura del desarrollo vital del embrión o feto para su posterior eliminación, con o sin asistencia médica, y en cualquier circunstancia social o legal.
    • El aborto espontáneo o aborto natural es la pérdida de un embrión o feto por causas no provocadas intencionalmente.

Genocidio:

El genocidio es un delito internacional clasificado dentro del género crímenes contra la humanidad. Se entiende por genocidio cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial, político o religioso, como tal con algún propósito particular
Según lo dispuesto por la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, se entiende por genocidio cualquiera de los siguientes actos perpretados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso: 

    • Matanza de miembros del grupo;
    • Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
    • Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
    • Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
    • Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.

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