Nuestra filosofía de trabajo es la seriedad, comportándonos con la mayor responsabilidad y la máxima eficacia en nuestros resultados.
Bufete Oliver Vela por tus intereses
Ofrecemos asesoramiento jurídico en diversas áreas, en esta web encontrarás información sobre todos los servicios jurídicos que ofrecemos, así como ante quien podemos defenderle.
Atención personalizada
Somos conscientes de la importancia de su caso, sabiendo escuchar y no defraudar las expectativas depositadas en nuestros servicios.
El mejor equipo profesional a tu servicio
En BUEFETE OLIVER nos sentimos orgullosos de haber reunido a un equipo de profesionales multidisciplinar y altamente comprometido con nuestros clientes.
Delitos y faltas contra las personas
Violación de la libertad personal:
Sujeto activo puede ser cualquier persona, incluyendo al funcionario público con excepción de 1os casos en que la realización del tipo por parle del funcionario implique exceso o abuso de sus atribuciones en cuyo supuesto lo reclamará el art. 376 del C. P. Fuera de ese supuesto, persona, funcionario o no, que desarrolle el comportamiento previsto en el tipo del art. I51 que trabajamos, se constituye en sujeto activo del mismo.
Tráfico de menores
Sujeto activo puede ser cualquier persona. Sujeto pasivo sólo puede serlo el menor de 18 años de edad o cualquier otra persona incapacitada de valerse por sí misma.
El comportamiento que exige el tipo al agente es el su verbo rector: retener o trasladar.
Delito de violación de domicilio
Se entiende que para la configuración del comportamiento delictivo, el sujeto activo deberá cumplir las prohibiciones distintas que la ley prevé como decir penetrar, entrar o introducirse en un espacio determinado que no es de su propiedad, considerando que este a ingresado sin autorización del propietario del bien.